• El valor CIF de su mercancía, es la base imponible para el cálculo de los impuestos y comprende la suma de los siguientes valores.
- PRECIO FOB* (Valor soportado con facturas)
- FLETE (Valor del transporte internacional)
- SEGURO (Valor de la prima)
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TOTAL: CIF
• Una vez obtenido el valor CIF, podrá hacer el cálculo de los siguientes impuestos:
- AD-VALOREM (Arancel Cobrado a las Mercancías)
Impuesto administrado por la Aduana del Ecuador.
Porcentaje variable sobre el valor CIF, según el tipo de mercancía.
- FODINFA (Fondo de Desarrollo para la Infancia)
Impuesto que administra el INFA. 0.5% del valor CIF.
- ICE (Impuesto a los Consumos Especiales)
Administrado por el SRI.
Porcentaje variable según los bienes y servicios que se importen. (Consulte en la página del SRI: www.sri.gov.ec, link: Impuestos)
- SALVAGUARDIA POR BALANZA DE PAGOS**
Son de 3 tipos:
(Recargo Ad-Valorem, Recargo Arancelario Especial adicional al arancel vigente, y Restricción Cuantitativa de Valor - cupos) Impuesto que administra la Aduana del Ecuador. Restricciones temporales que se aplican solamente a ciertos productos importados.
- IVA (Impuesto al Valor Agregado)
Administrado por el SRI. 12% del resultado de la suma de:
CIF + ADVALOREM + FODINFA + ICE + SALVAGUARDIA
- IMPUESTO DE SALIDA DE DIVISAS
Impuesto que administra el SRI. 1% del CIF + Ajustes de Valor.
EL VALOR TOTAL A CANCELAR POR EL IMPORTADOR, ES LA SUMA DE LOS IMPUESTOS ANTES MENCIONADOS.
* El FOB es igual a la suma del valor de las mercancías, más los gastos internos hasta ubicarlas sobre el medio de transporte que lo llevará a su destino final.
** Medidas de Salvaguardia por Balanza de Pago, adoptadas por el Gobierno Nacional. Resoluciones Nº 466, 467 y 468 del Consejo de Comercio Exterior e Inversiones (COMEXI). |