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1.-
COMUNICADO A TODOS LOS OPERADORES DE COMERCIO EXTERIOR.
La
Corporación Aduanera Ecuatoriana recuerda a los Operadores
de Comercio Exterior que para poder realizar los envíos
electrónicos deberán obtener el código
y la clave respectiva, todo esto después que hayan
cumplido con los requisitos para el funcionamiento de los
OCE's, los mismos que podrán ser consultados en cada
uno de los manuales de Registro y Mantenimiento de los Operadores
de Comercio Exterior y accesados mediante la opción
Documentación, link Instructivos de Carga, de nuestra
página web.
Para
la obtención del código deberán acercarse
al Area de Actualización Informática de Gestión
Aduanera en la cual deberán presentar los siguientes
documentos:
Agentes de Aduana / Consolidadoras y Desconsolidadoras
/ Courier:
·
Resolución de la CAE expedida por el Directorio y suscrito
por el Gerente General que autoriza su funcionamiento.
· Registro de Garantía presentada a Financiero.
Almacenes
Temporales / Almacenes Libres Especiales y Dutty Free / Depósitos
Aduaneros Comerciales e Industriales:
·
Resolución de la CAE expedida por el Directorio y suscrito
por el Gerente General que autoriza su funcionamiento.
· Contrato de Concesión del servicio suscrito
con la Corporación Aduanera Ecuatoriana.
· Registro de Garantía presentada a Financiero.
Zona
Franca:
·
Resolución de la CONAZOFRA que autoriza su funcionamiento.
Agentes
Navieros (Carga):
·
Documento que emite la Dirección General de Marina
Mercante (DIGMER).
Líneas
de Transporte Terrestre:
·
Autorización de funcionamiento de la Dirección
Nacional de Tránsito
Líneas
de Transporte Aéreo:
·
Autorización de funcionamiento de la DAG.
Maquiladora:
·
Autorización del MICIP.
Para los Importadores/Exportadores/Autoridad Portuaria
y Líneas de Transporte Marítimo no
se requieren documentos para su registro en el sistema.
Con
la presentación de los documentos mencionados se le
asigna el código y con él deben registarse en
el sistema mediante el Formulario de Actualización
de datos de Operadores de Comercio Exterior (OCE) publicado
en nuestro sitio web www.aduana.gov.ec.
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